04/07/2015 - JUDICIALES
Condenan a policía vial por dos hechos de coima en Gral. Guido

Ambos casos perpetrados con un año de diferencia pero en el mismo lugar. La Juez precisó en su fallo, “éste tipo de delito se comete sin testigos y tampoco de una manera directa, sino que para su comisión es suficiente la mera sugerencia de entrega.


(Diario Compromiso de Dolores) Un efectivo de la Policía Vial que cumplía funciones en el Destacamento de General Guido fue recientemente condenado en el Juzgado Correccional nº 3 de Dolores, al ser hallado penalmente responsable de dos casos de coimas perpetrados en el servicio. Los defensores al comienzo del juicio plantearon nulidades que fueron rechazadas por la Juez, surgiendo del fallo un llamado de atención a uno de esos abogados, que por la forma en que la Dra. Pepi puntualiza lo ocurrido en ese tramo de su resolución no se lo puede dejar de consignar en la información. Al referirse a las expresiones del Dr. José Equiza sobre el Fiscal de Juicio y la propia actuación de la Juez en el caso, el abogado había considerando que ésta estaba “interfiriendo en el derecho de defensa”, según la Dra. Pepi dicho “en un tono más adecuado para una tribuna que para un debate oral” según textualmente se indica, precisando la Magistrada que “tales actitudes no tienen que ver con el cabal ejercicio del derecho de defensa, sino más bien con la idea de crear una imagen de poderío, de desvalorización de los integrantes del Poder Judicial, ante el imputado, creando la idea que tanto el fiscal como el Juez son adversarios”. Y agregó más adelante, que “atento las disculpas expresadas por el Dr. Equiza por medio de las cuales reconoce que en su afán defensista no midió cabalmente sus palabras, no he de informar en este caso al Colegio de Abogados de esa actitud...” Sobre los hechos en juzgamiento, la titular del Juzgado Correccional nº 3 Departamental los describió así: Hecho I: según la denuncia formulada ante la Fiscalía en turno, en horas de la mañana del 31 de diciembre de 2012 un individuo que viajaba acompañado por otro masculino por la Autovía 2 en un vehículo Renault Megane, fue interceptado a la altura de Gral. Guido por personal policial que se encontraban realizando un control de rutina. En esas circunstancias un oficial policial, que se identificó como Pedro Quinteros, le pidió la documentación del rodado y le dijo al conductor que no tenía las luces reglamentarias encendidas, contestando éste que llevaba los busca huellas prendidos, a lo que el oficial le que no eran las luces reglamentarias y que iba a tener que labrarle la infracción. Dijo el denunciante que lo habían hecho descender del auto y llevado hasta una garita, lugar donde habían seguido discutiendo por el tema, hasta que el oficial textualmente le había dicho“esto se puede arreglar si tienen ganas”, que la multa era de $ 900 y tenía 30 días para hacer un pago voluntario. Que había sido en ese momento cuando su compañero le había dicho al policía “usted pretende que coimemos por nada”, a lo que el policía había contestado “querés que te la haga, te la hago” (la infracción). Dijo el conductor que el policía la había confeccionado pero que él no la había firmado, y que al seguir viaje había ingresado a Dolores dirigiéndose al Juzgado de Faltas, donde el personal les aconsejó denunciar lo ocurrido en la Fiscalía en turno. Si bien en el juicio no se hizo presente el denunciante si lo hizo su acompañante, quien recordó que estaban viajando hacia Mar del Plata, que habían salido de una estación de servicio antes del control policial donde fueron interceptados, precisando que la conversación se fue dando de una manera en el que el policía les manifestó que la infracción se podía arreglar con dinero. La Juez entendió que con la denuncia y coincidir el relato de este testigo con el del denunciante, “cuando el hecho ha ocurrido tres años atrás”, la convencían de la veracidad de lo narrado y de la autoría de Quinteros en el ilícito. Hecho II: en horas de la tarde del 28 de febrero de 2013m en la Autovía nº 2 a la altura de General Guido, el mismo procesado en su condición de funcionario policial, “abusando del cargo que ostentaba y haciendo uso de insinuaciones”, en el marco de un operativo selectivo de control de tránsito, solicitó indebidamente el pago de una suma de dinero para así evitar labrar el acta de infracción. Resaltó la Juez que el denunciante durante la audiencia del juicio “fue exhaustivamente preguntado, durante más de 190 minutos, en el cual se le preguntó una y otra vez las mismas cosas, y en ningún momento se contradijo”. Al respecto se indicó en el fallo, que el denunciante manifestó que por error llevaba en el auto el comprobante del seguro de otro auto, por lo que había solicitado al oficial de policía que le permitiera pedir a Buenos Aires que le remitieran por Fax la constancia de pago del seguro del auto en que circulaba, y que si bien en un primer momento le había dicho que sí, luego le había dicho que no, siéndole fácil interpretar que lo que estaba pidiendo el policía era una coima. Precisó que ante su negativa de avanzar en ese sentido se le labró una infracción por el seguro que tenía pago, que se había negado a firmar el acta, que le había retenido la licencia de conducir. Respecto a la identidad de ese policía, dijo que se trataba del imputado Quinteros, dato que obtuvo de la propia boleta de infracción. La Dra. Pepi indicó respecto de la declaración de éste testigo, que sus dichos coincidían con lo denunciado en la Fiscalía nº 1 Departamental, advirtiendo al propio tiempo la irregularidad cometida por el policía procesado, ya que pese a habérsele retenido el carnet le permitió al supuesto infractor seguir circulando en su vehículo. Además precisó en relación a ambos casos, que éste tipo de delito “se comete sin testigos y tampoco de una manera directa, sino que para su comisión es suficiente la mera sugerencia de entrega de dádiva”. Por todo ello la titular del Juzgado Correccional resolvió condenar a Héctor Pedro Quinteros, de 47 años de edad, con domicilio en la ciudad de Maipú, a la pena deUn año de prisión de ejecución condicional, como autor penalmente responsable del delito de “Cohecho (2 hechos) e inhabilitación de tres años para ejercer cargos públicos”. Finalmente debemos decir, que hasta ayer no se pudo confirmar si la sentencia ha sido apelada ante la Cámara Penal Departamental.

ESPACIO PUBLICITARIO










SOCIALES

 23/04/2024 -
FARMACIAS DE TURNO

 23/04/2024 -
EL CADETE NOS CONTÓ...

 23/04/2024 -

 23/04/2024 -

MISAS





Fundado el 28 de Mayo de 1993
Propietarios: Dr. Juan Carlos Eyras, Dr. Guillermo Eyras
Director: Dr. Juan Carlos Eyras
Domicilio: Dr. Carlos Madariaga 225, Gral. Madariaga, Buenos Aires, Argentina
(C) 2024
Registro DNDA N°04054550

24/04/2024