04/12/2020 - “LEY YOLANDA”
El Concejo pinamarense adhirió a la norma que obliga a los funcionarios capacitarse sobre medio ambiente

En noviembre, la Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que establece la formación integral en medio ambiente para las personas que se desempeñen en la función pública, conocida como Ley Yolanda, en homenaje a la primera secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano de Argentina, Yolanda Ortiz. Ayer, el HCD de Pinamar adhirió a la propuesta


Pinamar ©.- La denominada Ley Yolanda -en conmemoración de Yolanda Ortiz, primera secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Argentina- busca garantizar "una capacitación obligatoria en ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático" para quienes trabajen dentro de los tres poderes del Estado.


El proyecto establece que se deberán capacitar en medio ambiente todos los empleados de la función pública, en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.


La iniciativa fija que la autoridad de aplicación deberá establecer, dentro de los 90 días posteriores a la entrada en vigencia de la ley, los lineamientos generales destinados a las capacitaciones, procurando que se incorporen tanto las dimensiones de sensibilización como de transmisión de conocimientos.


En ese sentido, se establece que se deberá garantizar la participación de instituciones científicas especializadas en la materia, así como de la sociedad civil y sus organizaciones, en el proceso de confección de los lineamientos generales.


A lo largo del texto se señala que "los lineamientos generales deberán contemplar, como mínimo, información referida al cambio climático, a la protección de la biodiversidad y los ecosistemas, a la eficiencia energética y a las energías renovables, a la economía circular y al desarrollo sostenible, así como también información relativa a la normativa ambiental vigente".


También dispone que las personas que se nieguen "sin justa causa" a realizar las capacitaciones "serán intimadas en forma fehaciente por la autoridad de aplicación", y el incumplimiento de esa intimación "será considerado falta grave dando lugar a la sanción disciplinaria pertinente".


Como sanción adicional, la autoridad de aplicación podrá hacer pública la negativa a participar en la capacitación en su página web.


Yolanda Ortiz, quien falleció en 2019 a los 94 años, fue la primera titular de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Argentina, creada por Juan Domingo Perón en 1973, y se convirtió así en la primera mujer en ejercer un cargo de esas características en América Latina.


Texto de la Ordenanza


VISTO:


La Ley Nacional N° 27.592 denominada "Ley Yolanda", el Expediente Interno N° 2417/2020caratulado "Acuerdo Escazú", Y;


CONSIDERANDO:


Que, la educación ambiental en funcionarios y trabajadores estatales resulta completamente necesariapara poner el foco en una gestión racional de los recursos y construir permanentemente actitudes queredunden en beneficio de la naturaleza; incorporando estos valores como horizonte de nuestrasociedad, ecológicamente equilibrada y sostenible.


Que la Ley Nacional N° 27.592 tiene por objetivo capacitar a quienes integran los diferentesorganismos del Estado; con el fin de llevar la educación ambiental a todos los funcionariospúblicos enfavor de la integración y de las medidas que se consideren necesarias para hacer posible latransversalidad del medio ambiente en las políticas públicas a través de la sensibilización, motivación,información y capacitación, incorporando en sus políticas y metas la sustentabilidad en su accionardiario.


Que el espíritu de esta ley se basa en brindar herramientas conceptuales y competencias para laconstrucción de un paradigma de desarrollo eco sistémico para la transformación de los actualespatrones de producción y consumo;


Que la "Ley General de Ambiente" Nº 25.675 hace referencia a la educación ambiental como uninstrumento básico para generar en los ciudadanos valores, comportamientos y actitudes acordes conun ambiente equilibrado, ponderando la preservación de los recursos naturales, su utilización sostenibley mejorando la calidad de vida de la población;


Que, en ese sentido, con el objeto de enriquecer las discusiones y ampliar el conocimiento territorial esque resulta fundamental sumar a las organizaciones de la sociedad civil que trabajan la temática a laco-creación y aval de los contenidos de esta ley; atendiendo a su vez, la demanda del tercer sector y dela sociedad en su conjunto que resalta la importancia que conlleva la educación ambiental en los trespoderes del Estado, siendo este un sector imprescindible en la alianza por el cuidado del ambiente y eldesarrollo sostenible.


Que, en articulación permanente de todos los sectores, con el objeto de educar y sensibilizar sobre lastemáticas desarrolladas, se volverá real la capacidad de crear políticas públicas con perspectivaambiental.


Que, en el marco actual, es de suma importancia garantizar la integración de la sustentabilidad en losplanes nacionales de recuperación post COVID - 19. Para ello, los líderes políticos que tienen en susmanos la posibilidad de ser agentes de cambio, deben estar inmersos y capacitados en estas temáticaspara poder tomar decisiones sólidas, argumentadas y apoyadas en valores sustentables y ambientales,siendo beneficiosas para todos los habitantes del territorio argentino como establece el Art. 41 denuestra Constitución Nacional. La formación de ellos como actores sociales responsables resultaurgente y fundamental.


Que Pinamar, es una ciudad que tiene una marcada línea respecto al cuidado del Ambiente y suprotección, mediante el fomento de la educación, la creación de normativas que han sido pioneras en lamateria y el trabajo mancomunado con distintas instituciones dedicadas a la temática como los son, laFundación Ecológica Pinamar, la Fundación Ecológica de Cariló, La cooperativa ReciclandoConciencia, Surf Rider, Yo Amo Mi Playa, las distintas sociedades de Fomento de todo el Partido y laparticipación más reciente de la Asoc. Civil (en formación) Terra Activa.


Que por decreto N° 2800/2019 se crea la Secretaría de Paisaje y Medio Ambiente resaltando laimportancia del estado en esta materia.


Que este Honorable cuerpo ya había manifestado la intención de que esta Ley sea tratada en elCongreso de la Nación, por su importancia para todos los habitantes del tel territorio nacional,mediante la sanción de la Resolución Nº 2417/20.


POR ELLO:


El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente


Ordenanza


ARTICULO 1: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Pinamar adhiere en todos sustérminos a la Ley Nacional N° 27.592 conocida como "Ley Yolanda" sobre la capacitación endesarrollo sostenible para servidores públicos de los tres poderes del estado.


ARTICULO 2: Remítase copia de la presente Ordenanza a todos los Honorables ConcejosDeliberantes de la Provincia de Buenos Aires, en formato digital invitándolos a adherir a la misma.


ARTICULO 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial, cumplido,archívese.


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