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Comunicado de la Municipalidad de Pinamar por la decisión judicial
04/02/2026

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El Ejecutivo presentó una apelación y ratificó su postura de ordenar y controlar, sin prohibiciones generales. Respondió así al Dr. Félix Ferrán, suplente del Juzgado Civil y Comercial N°4 de Dolores, quien hizo lugar a un pedido de amparo presentado por Pablo Julián Martínez Carignano, ex Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).

Pinamar ©.- A través de un comunicado, la Municipalidad de Pinamar informó que, tras tomar conocimiento el viernes 31 de enero de una medida cautelar dictada en el marco de un proceso de amparo —relacionada con las actividades de circulación en el sector de “La Frontera” y “La Olla”—, el Municipio presentó la apelación correspondiente ante la Justicia.


“Desde el Ejecutivo Municipal se sostiene que la prohibición general no es el camino adecuado, ya que la política local desde el inicio de la temporada se basó en regular, ordenar y controlar, con presencia, fiscalización y sanciones, evitando castigar a quienes cumplen. En ese sentido, el Intendente Municipal expresó: “En el día de ayer presentamos la apelación correspondiente a la medida cautelar que recibimos respecto a las actividades de circulación en ‘La Frontera’. No estamos de acuerdo con la prohibición de la actividad. La gran mayoría disfruta de nuestras playas de manera responsable. El problema son los pocos que no cumplen y generan situaciones de riesgo. Vamos a seguir defendiendo nuestra ciudad de manera ordenada y segura, sin castigar a quienes hacen las cosas bien.”


La Municipalidad remarca que la medida cautelar prohíbe conductas que ya estaban prohibidas —como maniobras peligrosas y picadas— y agrega restricciones sobre “actividades recreativas” sin especificar su alcance, lo cual genera incertidumbre sobre qué prácticas quedarían comprendidas. Además, el Municipio plantea que el alcance de la cautelar se aplica puntualmente al Partido de Pinamar, sin contemplar otras zonas cercanas donde se desarrollan prácticas similares.


En paralelo a la vía judicial, el Municipio continúa profundizando acciones de fiscalización y ordenamiento a través de medidas vigentes, con reglas más claras, mayor control y sanciones, conforme el Decreto 104/2026. En lo que va de la temporada se registraron más de 350 vehículos retenidos y/o secuestrados, se realizaron 3 allanamientos vinculados a investigaciones en la zona de Costa Esmeralda y se labraron más de 400 infracciones por distintos incumplimientos.


La Municipalidad de Pinamar reafirma su compromiso de sostener una ciudad ordenada y segura, priorizando la prevención de accidentes y el cuidado de las personas, con medidas que apunten a quienes incumplen, sin afectar a quienes disfrutan responsablemente del destino.”


La postura del juez


El Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Dolores había ordenado la suspensión inmediata de todas las actividades recreativas motorizadas en los médanos de “La Frontera”, uno de los sectores más concurridos y conflictivos de Pinamar durante la temporada de verano. La medida abarca carreras, picadas y pruebas de destreza con cuatriciclos, camionetas 4×4, motos y vehículos similares.


El fallo, dictado por el juez suplente Félix Adrián Ferrán, responde a una acción de amparo presentada contra la Municipalidad de Pinamar por Pablo Julián Martínez Carignano, ex director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. En la presentación se argumentó que en la zona se realizan desde hace años “maniobras temerarias sin autorización ni controles, derivando en accidentes graves y muertes recurrentes, varios de ellos con víctimas menores de edad.


El magistrado fue contundente al señalar que el municipio no puede excusarse en la titularidad privada de los predios para omitir su deber de control y prevención, especialmente ante un riesgo “cierto, conocido y evitable”. Recordó, como ejemplo reciente, el atropello a Bastián Jerez, el niño de 8 años que quedó gravemente herido el 12 de enero pasado.


La medida cautelar, notificada de urgencia al municipio, se mantendrá vigente hasta que la comuna garantice condiciones de seguridad adecuadas, que incluyan señalización, delimitación de áreas, supervisión efectiva y medidas preventivas suficientes.


El fallo sienta un precedente relevante para la regulación de actividades en médanos y zonas de alto riesgo en destinos turísticos


04/02/2026


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